Seamos sinceros y reconozcámoslo: no nos gustan los gastos y los problemas menos aún. Si le preguntamos a un pequeño empresario qué es lo que más le aterra, y conseguimos que se nos sincere, acabará confesando que el pagar por cosas, que no sabe por qué tiene que pagarlas, está entre las primeras. Cuesta tanto conseguirlo y tan fácil es perderlo… Fiel amigo o maldito dinero, al que canta El Barrio.

Hoy os propongo una forma de reducir los gastos y los problemas futuros, de esos que nunca se sabe si van a existir o no, pero que es mejor evitar: los costes judiciales.

El que un abogado se ponga a comentar una forma de eliminar el trabajo que le da de comer seguro que deja ojiplático a más de uno pues, en primer lugar, habrá descubierto que los abogados también comemos y no nos alimentamos de la sangre de nuestros clientes, a pesar de lo que diga la leyenda urbana, y, en segundo lugar, si cabe con mayor sorpresa, habrá intuido que hay alguna forma de evitar ir a juicio e incurrir en los gastos y los problemas que ello acarrea.

Partamos de un supuesto que puede resultar común a muchos de vosotros: una contratación  a través de vuestra página web. Como alguno ya habrá tenido la triste desgracia de descubrir, frente a todos nuestros buenos intentos, el contrato puede salir mal y, como en la mayoría de ocasiones habremos contratado con un consumidor, el asunto puede salir judicialmente peor puesto que toda la normativa relativa a consumidores es fundamentalmente tuitiva y garantista, protegiéndonos de forma muy intensa en todos los ámbitos.

La principal medida que ha puesto el legislador para evitar engorrosos procedimientos judiciales, que se pueden alargar durante años , es el arbitraje. En lo que nos atañe, se puede hacer un arbitraje sobre cualquier materia que sea disponible para las partes, como las discusiones sobre los términos del contrato o las conformidades de nuestros productos con lo que hemos publicitado, y más concretamente, también existe el arbitraje de consumo, pensado específicamente para los problemas que puedan surgir entre consumidores y empresarios.

Pero, ¿cómo implementar el arbitraje ? Nada más fácil que poner una cláusula en vuestros contratos, que tendrá que consentir el cliente junto con el resto de términos. Dado que todos los contratos que formalicéis tendrán que estar bien archivados, guardados y asegurados, para el caso de que os llegase una demanda podríais plantear una declinatoria al haberse pactado previamente la obligación de acudir al arbitraje para resolver las controversias y, en consecuencia, podríais evitar el procedimiento.

Ahora bien, el arbitraje no es una panacea ni resuelve todos los problemas. Es, simplemente, una medida que podéis tomar y que puede resultaros útil. También, para qué voy a intentar engañaros, en cuestión de arbitraje y mediación, a este país le queda mucho por aprender con relación a lo que ya saben los países de nuestro entorno. Pero en algún momento tendremos que empezar a espabilar y ponernos las pilas.